A-1147 de 2026
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 001 Administrativo del Circuito Judicial de Turbo (Antioquia) y el Juzgado 001 Laboral del Circuito Judicial de Turbo (Antioquia), causado por una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, presentado por una ciudadana, contra la Nación – Municipio de Turbo – Alcaldía Distrital de Turbo (Antioquia), para que se declare la nulidad de los actos administrativos relativos al reconocimiento y pago de los salarios y prestaciones sociales que, según afirmó, le eran adeudados con ocasión de la relación legal y reglamentaria que sostuvo con la entidad demandada, para que se proceda de conformidad a su reconocimiento y pago.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demandante fue nombrada en provisionalidad como Profesional Universitario, y, en principio, por la naturaleza del cargo y de las funciones referidas, se permite inferir, al menos preliminarmente, que la controversia se deriva de una relación legal y reglamentaria.
De esta manera, el criterio orgánico y funcional se acreditan para activar la competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, pues se demanda a una entidad pública territorial y la calidad de la demandante es de empleada pública, lo que hace que el asunto se subsuma en la regla prevista en el artículo 104.4 del CPACA, tal como se previó en la regla de decisión del Auto 446/23.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado 001 Administrativo del Circuito Judicial de Turbo (Antioquia) y el Juzgado 001 Laboral del Circuito Judicial de Turbo (Antioquia), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo del Circuito Judicial de Turbo (Antioquia) es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por la se�ora Esther Quejada C�rdoba .
- SEGUNDO. Por medio de la Secretar�a General de esta Corporaci�n, REMITIR el expediente CJU-7794 al Juzgado 001 Administrativo del Circuito Judicial de Turbo (Antioquia) para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique lo pertinente a los interesados. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente CJU-7794, archivos �04003EscrittoDemandapdf.pdf� y �05004PruebasYAnexos.pdf� [2] Expediente CJU-7794, archivo �06005RemiteporC005202500145.pdf� [3] Expediente CJU-7794, archivo �0 13AutoProponeConflictoCompetencia.pdf� [4] Expediente CJU-7794, archivo �02CJU-7794 Correo Remisorio.pdf� [5] Expediente CJU-7794, archivo �03CJU-7794 Constancia de Reparto.pdf� [6] � Art�culo 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: (�) 11. Numeral adicionado por el art�culo 14 del Acto Legislativo 2 de 2015 : Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [7] Cfr., Corte Constitucional, autos 345 de 2018, 328 de 2019, 452 de 2019 y 608 de 2019. [8] Al respecto, se sugiere revisar el Auto 155 de 2019 para comprender el significado de cada presupuesto para la configuraci�n de un conflicto de competencia entre jurisdicciones. [9] La Sala se�ala que estos presupuestos fueron acreditados y se evidencian en el subt�tulo de � Antecedentes� del presente Auto. [10] Expediente CJU-7794, archivos �04003EscrittoDemandapdf.pdf� y �05004PruebasYAnexos.pdf� [11] Ibid.